Los Derechos recogidos en el Artículo 7 de la Ley del Voluntariado, son los que se mencionan a continuación:
a) Ser informadas de las actividades, programas o proyectos en los que vayan a participar, así como de la organización, funcionamiento, fines y objetivos de la entidad.
b) Recibir la formación y orientación necesarias para la actividad que vaya a desempeñar en la asociación.
c) Participar activamente en la entidad y en el diseño, desarrollo y evaluación de sus actividades.
d) Formar parte de la dirección de la entidad de acuerdo a sus estatutos o normas de funcionamiento.
e) No ser asignadas a la ejecución de tareas ajenas a los fines y naturaleza de la entidad ni a otras con fines fraudulentos.
f) Recibir los medios necesarios para el ejercicio de su actividad.
g) Obtener el cambio de la actividad en la que participen cuando existan causas que lo justifiquen.
h) Ser reembolsadas por la entidad por los gastos que directamente les ocasione la actividad voluntaria.
i) Tener cubiertos los daños y perjuicios que pudieran ocasionárseles en el correcto desempeño de su actividad.
j) Tener garantizadas unas condiciones mínimas higiénicas, sanitarias y de seguridad.
k) Disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias y recibir certificaciones de su participación en las diferentes actividades de voluntariado.
l) Ser tratadas sin discriminación por cualquier razón o circunstancia.
m) Obtener el respeto y reconocimiento a su contribución a la sociedad.
n) Todos aquellos otros que se establezcan derivados de la presente Ley y del resto del ordenamiento jurídico.
Y como Deberes, se recogen los siguientes en el Artículo 8 de la Ley del Voluntariado:
a) Cumplir los compromisos adquiridos y las indicaciones recibidas para el correcto funcionamiento de la actividad voluntaria.
b) Participar en aquellas actividades de formación que les indique la entidad.
c) No interrumpir bruscamente su actividad si ello produjera perjuicios para los beneficiarios del programa.
d) Observar las medidas de seguridad e higiene adoptadas con carácter general por la legislación vigente en la materia así como las indicadas por la entidad.
e) Cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la entidad.
f) Mantener la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad.
g) Respetar los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria.
h) Rechazar cualquier tipo de contraprestación material en el desarrollo de su actividad.
i) Utilizar debidamente la acreditación identificativa de su condición de voluntarias y los distintivos de la entidad.
j) Cooperar con los miembros de la entidad de voluntariado con solidaridad y comprensión.
k) Respetar las normas de organización y funcionamiento interno de la entidad.
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